24° Aniversario del Patronato Cívico Cultural de Pueblo Libre. — con Alfredo Sosa Rodríguez - aacuarela, Ricardo Manuel Gamboa Astudillo, Gregorio Víctor Reyes Inca y Gabriel Enrique Quispe Medina en Jr. Benigno Cornejo 110, Pueblo Libre, Lima, Perú.
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30 de noviembre de 2014
Juramentación del Consejo Directivo de PACCPUL, 2015 - 2016
El domingo 30 de noviembre del 2014, el Patronato
Cívico Cultural de Pueblo Libre, renovó su Consejo Directivo para el
período 2015 - 2016.
Víctor Reyes Inca es el nuevo presidente del Patronato.
Integran la directiva los siguientes socios: Luciano Scattolon
Benedetti, Juan Suárez Benavente, Jesús Carlos Cuba Arana, Gabriel
Quispe Medina, Alfredo Sosa Rodríguez, Carmen Bertila Burga Zerga, Rosa
Llerena Vda. de Urrutia, Ricardo Gamboa Astudillo y Ramón del Valle
Cárdenas.
El
domingo 30 de noviembre del 2014, el Patronato Cívico Cultural de
Pueblo Libre, renovó su Consejo Directivo para el período 2015 - 2016. — con Luciano Scattolon, Alfredo Sosa Rodríguez - aacuarela, Gregorio Víctor Reyes Inca y Gabriel Enrique Quispe Medina en Jr. Benigno Cornejo 110, Pueblo Libre, Lima, Perú.
14 de mayo de 2014
EL LIBERTADOR RAMÓN CASTILLA, PRESIDENTE PROVISORIO DE LA REPÚBLICA
El Decreto Ley del 02 de enero de 1857, dado por el Libertador Ramón Castilla y Marquesado, donde por una equivocación crea el distrito de Magdalena, publicado en el Periódico Oficial EL PERUANO el martes, 06 de enero de 1857.
EL LIBERTADOR RAMÓN CASTILLA, PRESIDENTE PROVISORIO DE LA REPÚBLICA
Por
cuanto la
Convención Nacional ha dado la ley siguiente:
CONSIDERANDO;
Que para la formación del Rejistro Cívico base fundamental
de las elecciones populares, y para satisfacer las necesidades locales de la
administración pública, es indispensable y urgente crear desde luego las
primeras municipalidades, establecidas por la Constitución.
Da la siguiente ley transitoria:
Art. 1. ° En conformidad de la ley orgánica de 29 de
Noviembre último, habrá Municipalidades en los lugares y con el número de miembros
expresados a continuación:
Departamento de Lima. Provincia de Lima. Distritos
Municipales:
Lima 27
Magdalena 5
Miraflores 5
Chorrillos 5
Surco 5
Lurin 5
Pachacamac 5
Ate 5
Lurigancho 5
Carabayllo 5
Art. 2. ° Inmediatamente que se promulgue esta ley se
reunirán en las capitales de departamento, el Prefecto y el Presidente de la Corte Superior , o
el Juez de primera instancia más antiguo donde no haya corte, en las capitales
de provincia, el subprefecto y el juez de primera instancia más antiguo; en las
de Distrito y en las demás poblaciones que deben tener municipalidad conforme a
ley orgánica, la reunión será del gobernador o su teniente, y del juez de paz
de primera nominación. Se completará cada uno de estas con cinco ciudadanos
elegidos por ellas de entre los que tengan las cualidades indicadas en el
artículo siguiente.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para que disponga lo
necesario á su cumplimiento. Dado en la sala de sesiones en Lima á veinte y
nueve de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y seis = Manuel Toribio Ureta,
Presidente = Pío B. Mesa, Secretario = Rafaél Hostas, Secretario.
Por lo tanto: mando se imprima, públique y circule y se le
dé debido cumplimiento. Dado en la
Casa de Gobierno en el Callao a 2 de Enero de I857 - RAMON
CASTILLA - Gervasio Alvarez.
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